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  #1  
Viejo jueves 07 febrero de 2008, 11:22
Avatar de Austin Powers
NC Fanatic
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Miembro desde: 16 mayo 2007
Ubicación: Berghain
Que hacer ante una detencion policial?

1- Por qué puede detenerte la policía?
2- Obligaciones de la policía
3- La detención por averiguación de antecedentes
4- Detenciones por cometer falta o contravención
5- Detenciones por delitos del Código Penal
6- Qué pasa si sos menor de edad?
7- Que podés hacer si la policía comete irregularidades?
8- Qué podés hacer si detienen a alguien que conocés?
9- Qué podés hacer en caso de decretarse el estado de sitio?


1- POR QUÉ PUEDE DETENERTE LA POLICÍA?
En la Ciudad de Buenos Aires, las personas mayores de 18 años pueden ser detenidas:

- Si están cometiendo un delito ("in fraganti", o porque la Policía considera que se tiene una conducta sospechosa

- Por AVERIGUACIÓN DE IDENTIDAD, es decir la que antiguamente se conocía como "Averiguación de Antecedentes" (ley 23.950, agravada por el decreto 150/99)

- Por estar cometiendo una falta o contravención (en el caso de Capital Federal es por aplicación del Código Contravencional)

- Por tener orden de captura de un Juez en una causa ya iniciada tras cometerse delitos


2- OBLIGACIONES DE LA POLICÍA
Si te detienen por cualquier razón, seas mayor o menor de edad, en Capital o Provincia, la policía tiene la obligación de:

- Dejarte hablar por teléfono con un familiar, un abogado o una persona de tu confianza

- Si el Juez ordenó tu incomunicación (la policía no puede incomunicarte sin orden judicial) igual tiene obligación de informarte y de informar a quien se acerque a la comisaría los siguientes datos:

- Qué delito te imputan

- A disposición de qué juez está tu caso

- Qué instrucciones dio el juzgado a la comisaría.

Puede ser que la Policía por orden de juez, tenga que:

- corroborar dónde es tu casa (verificación de domicilio) o

- comprobar que no tengas antecedentes penales (averiguación de antecedentes) o

- citarte para el siguiente día para que prestes declaración indagatoria o

- ponerte en libertad.


3- LA DETENCIÓN POR AVERIGUACIÓN DE ANTECEDENTES
- Si te detienen "para identificar" no pueden tenerte más de 10 horas, lleguen los antecedente o no. A las 10 horas y un minuto estás ilegalmente privado de tu libertad.

- No estás "detenido" sino "demorado", razón por la cual no pueden ponerte en un calabozo con personas acusadas de cometer delitos.

- Tenés derecho a llamar de inmediato a tu familia, a tu abogado o a una persona de confianza.

- La ley faculta a la Policía a detener personas "que resulte necesario identificar", así que si tenés tu Documento Nacional de Identidad (DNI) no debería demorarte.

- Si te quieren hacer firmar cualquier cosa que no sea clara, y no podés negarte o tenés miedo poné antes de la firma APELO y si no te trataron bien PIDO MÉDICO

En la Provincia de Buenos Aires, la detención por averiguación de identidad puede durar hasta 12 horas.

IMPORTANTE. Nadie tiene obligación legal de llevar sus documentos al salir a la calle, menos aun siendo menor de edad. Sin embargo, sabemos que en la práctica tras la falta de documentos la Policía demora personas. Por consiguiente TRATÁ DE LLEVAR TUS DOCUMENTO SIEMPRE QUE SALGAS.


4- DETENCIONES POR COMETER FALTA O CONTRAVENCIÓN
EL CODIGO CONTRAVENCIONAL DE LA CIUDAD (o de "Convivencia Urbana": Desde 1998 reemplaza a los viejos Edictos Policiales. En la mayoría de los casos, por ahora, no prevé penas de prisión ni pueden detenerte "preventivamente". Se supone que, en caso de cometer una contravención, la policía tiene que labrar un Acta en el lugar, donde dice qué te imputan, y que te tenés que presentar dentro de los cinco días ante el Fiscal de turno en la calle Carabelas 278. A veces te llevan a la Comisaría para hacer el Acta, pero no "detenido". Hay un defensor oficial de turno al que podés llamar las 24 horas al tel. 393-1724. Los menores entre 16 y 18 años sólo pueden ser acusados de contravenciones cometidas al manejar vehículos si tienen registro y autorización. Cuando te presentás ante el Fiscal podés pedir que te represente el Defensor de Oficio o un abogado particular.

EL CODIGO DE FALTAS DE LA PROVINCIA (LEY 8031): Es como los viejos edictos, y no se aplica a menores entre 16 y 18 años. Tiene penas de prisión de hasta 30 días.

- Si te detienen por una "contravención" o "falta", ojo con lo que firmás: a veces, sin darte cuenta, ponés la firma en una "declaración indagatoria" que ni leiste, en la que reconocés la falta supuestamente cometida (escándalo, desorden, ebriedad, vagabundeo, etc.). Tenés derecho a llamar un abogado que te asista en la declaración indagatoria. También tenés derecho a negarte a declarar.

- Cuando te aplican una contravención, interviene el Juez de Paz o el Juez Criminal y Correccional, según el partido de que se trate. La policía tiene 48 horas para darle intervención, y el juez tiene 4 días para resolver la excarcelación. Durante este tiempo, mientras no se deroguen el código de faltas y este procedimiento arbitrario, no se puede hacer nada para lograr la libertad, salvo presionar al juzgado yendo constantemente a preguntar si ordenó la excarcelación.

- El mismo juez de paz o correccional es el que dicta sentencia, declarándote culpable o inocente de la contravención. Puede aplicar penas de multa o prisión hasta 90 días. A veces te notifican de la sentencia antes de dejarte ir de la comisaría; otras veces te llega una cédula de notificación a tu casa, o te citan para que vayas a la comisaría a notificarte.

- Desde el momento en que te notificás de la resolución tenés nada más que 3 días corridos para apelarla, si te condenaron. Si te notificás sin apelar, la sentencia "queda firme", es decir, consentida (aceptada) y te queda un antecedente.

- El plazo para apelar es tan corto que no podés perder el tiempo (se cuentan sábados, domingos y feriados). Basta con poner "APELO" antes de la firma, o mandar un telegrama al salir (ver modelo al final).

- Al apelar la sanción impuesta por el Juzgado Correccional o de Paz, pasa todo a la Cámara Penal que corresponda, donde te van a citar para declarar y defenderte. Si la policía no puede probar que te detuvo legalmente, se revoca la pena y te declara inocente.

- Es importante apelar las condenas por contravenciones aunque ya estés en libertad. Si quedan firmes se computan en el Registro de Reincidencias y si te vuelven a detener en el lapso de 6 meses sos "reincidente" y las penas son mayores. Además, en la mayoría de los casos, las Cámaras están demasiado ocupadas con las causas criminales (robos, homicidios, etc.) y "cajonean" los expediente contravencionales. Si pasa un año desde la detención sin que la Cámara se ocupe del asunto, la pena prescribe, es decir que queda sin efecto como si te hubieran absuelto.


5- DETENCIONES POR DELITOS DEL CODIGO PENAL
Si la detención es porque te acusan de haber cometido un delito necesitás un abogado, que puede ser el/la Defensor/ra Oficial que te brinda el Estado de forma gratuita o un abogado/a particular. Si el/la juez/za ordena el traslado para que “prestes declaración indagatoria”, de inmediato tu familia o amigos/as tienen que ir al juzgado y averiguar qué Defensor/ra Oficial está de turno e ir a verlo/a antes de la audiencia (para que no se olvide de estar presente durante tu declaración)

Deberás inmediatamente ser puesto a disposición del juez de turno.

Tenés derecho a:

- Negarte a declarar: La Constitución y las leyes procesales sostienen que nadie está obligado a declarar contra si mismo. Si uno no declara, ello no constituye presunción en contra. Si declara, todo lo que digas podrá ser usado en tu contra.

- Negarte a reconocer papeles, documentos, escritos u otros elementos que se hayan secuestrado o te hayan puesto.

- No acceder a que se realicen registros voluntarios de tu domicilio. Si debe hacerse algún allanamiento, lo deberá disponer el juez.

- Realizar una llamada para avisar de tu detención (familia, amigos/as) y pedir que manden un abogado.

- Si estás incomunicado, hay que tener presente que esta situación no puede prolongarse más de 72hs. y siempre por orden de juez. Con mayor razón en estos casos no hay que declarar si no has hablado con tu abogado/a y decidido entre ambos si declarar o no. Aun así deben avisar a tu familia.

- En la primera oportunidad en que comparezcas ante el juez, denunciá cualquier maltrato, tortura, golpes o amenazas que hayas recibido, con detalles sobre las personas, lugares, vehículos relacionados con ello.

- En la Comisaría o cualquier dependencia policial, no se debe firmar nada, salvo recibo por la devolución de los objetos personales retenidos, la notificación de derechos y el acta de soltura (libertad).


6- QUÉ PASA SI SOS MENOR DE EDAD?
Las personas menores de 18 años pueden ser detenidas si están cometiendo un delito o por orden judicial, pero NO en "averiguación de identidad" o "para identificar"; pero si te ocurre, o si te detienen "por estar en la calle después de las 22:00", o porque sí, recordá que:

- No te pueden esposar, ni llevar en un auto que no se identifique como policial.

- Tampoco te pueden encerrar en un calabozo, ni tenerte junto a mayores de edad, ni quitarte los cordones y/o cinturón, ni hacerte "tocar el pianito", ni incomunicarte.

- Lo primero que tiene que hacer el Policía que te detuvo al entrar a la Comisaría es avisar al Juez de Menores de turno. Es importante que vos o alguien de tu confianza que sepa de tu detención pregunte qué juez está de turno, y si le dieron intervención.

- Tenés derecho a llamar de inmediato a tu familia, a tu abogado o a una persona de confianza.

El/La Juez/za de Menores debe:

- Ordenar la "entrega" del menor a los padres o tutores. Es importante que una persona mayor de edad que sea responsable por vos tiene que ir de inmediato a la Comisaría o,

- Si no hay una persona mayor responsable puede determinar que estás "en situación de abandono o desamparo" y enviarte a un Instituto de Menores.


7- QUE PODÉS HACER SI LA POLICÍA COMETE IRREGULARIDADES?
Si durante la detención (por el motivo que sea) la Policía comete cualquier irregularidad o no respeta tus derechos, podés DENUNCIAR personalmente si sos mayor de edad o por intermedio de tus padres o tutores si sos menor.

La legislación nacional estipula que los funcionarios policiales que violen las disposiciones legales o reglamentarias, que omitan o retarden la ejecución de los actos o los que están obligados o lo cumplan negligentemente, serán sancionados con apercibimiento, multa, arresto, suspensión o cesantía.

La DENUNCIA se puede hacer ante:

- El JUEZ que deberá mandarla inmediatamente al FISCAL

- EL FISCAL que deberá informar inmediatamente sobre la existencia de la misma al JUEZ

- LA POLICIA que deberá comunicarla inmediatamente al Juez y al Fiscal

Podrá hacerse por ESCRITO (firmándola ante quién la reciba) o VERBALMENTE, personalmente, por representante o por mandatario con poder. Si el denunciante lo solicita, se le deberá dar una copia de su denuncia o certificación de haberse dejado sentada la misma.

La denuncia contendrá, en lo posible, la relación del hecho, con las circunstancias de lugar, tiempo y modo de ejecución, indicando quienes participaron, los damnificados y testigos y otro tipo de elementos que puedan ayudar a su comprobación y calificación legal.

Las denuncias se presentan en:

- Capital Federal: Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, Viamonte 1153 – PB, de 7:30 a 13:30hs

- Provincia de Buenos Aires: En la Fiscalía de turno denominada UFI (Unidad Funcional de Instrucción) del Departamento Judicial correspondiente.

Es necesario que lleves tu documento, la fecha del hecho y comisaría interviniente.


8- QUÉ PODÉS HACER SI DETIENEN A ALGUIEN QUE CONOCÉS?
- Verificá que la persona esté detenida y que no se haya ausentado por algún motivo personal

- Acercate a la comisaría para verificar los detalles sobre la detención y sus circunstancias.

- Si la persona no está incomunicada podés verla en la comisaría y esté o no incomunicada, podés acercarle mantas, alimentos, cigarrillos, etc.

- Si la detención es arbitraria denunciala a la prensa, organizaciones barriales, sindicato, centro estudiantil o cualquier otra agrupación puedan solidarizarse pronunciándose por su libertad

Si suponés que alguna persona de tu entorno fue detenida, y no sabés por qué motivo, no te lo quieren decir, no sabés dónde está o tenés motivos para pensar que lo hayan maltratado, podés interponer un Habeas Corpus.

En cada lugar donde hay tribunales hay un juzgado de turno para Hábeas Corpus, no importa la hora del día o de la noche. El que presenta el Hábeas Corpus no necesita tener documentos, ni ser pariente del detenido. Tampoco hace falta hacerlo por escrito, ni se necesita un abogado.

CUALQUIERA, MAYOR O MENOR, PUEDE HACER UN HABEAS CORPUS SI CREE QUE ALGUIEN ESTÁ ILEGALMENTE DETENIDO.

El juez tiene que comunicarse con todas las comisarías (o con la que vos le digas) hasta encontrar a la persona, saber por qué lo detuvieron y te lo tiene que informar. Si la detención es ilegal, tiene que ordenar la libertad en forma inmediata.


9- QUÉ PODÉS HACER EN CASO DE DECRETARSE EL ESTADO DE SITIO?
Recordá que, por mandato constitucional, en caso de declararse el Estado de Sitio la acción de Hábeas Corpus NO se suspende.

- La acción de hábeas corpus debe ser interpuesta a la brevedad posible.

- No se requiere de intervención letrada.

- Ni siquiera es necesario hacerlo por escrito.

- La acción la puede interponer cualquier persona en conocimiento de los hechos.

Fuente: Codigo procesal penal de la nacion
__________________
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Agradecimientos:
Hay demasiados agradecimientos para mostrar.
  #2  
Viejo jueves 07 febrero de 2008, 11:44
Avatar de Parka
CandyFlipper!
NC3: Miembro
 
Miembro desde: 29 marzo 2007
Ubicación: Campana
Re: Que hacer ante una detencion policial?

muy linda la teoria...
ahora lo imprimo y lo guardo en la billetera
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  #3  
Viejo jueves 07 febrero de 2008, 11:46
Avatar de Austin Powers
NC Fanatic
NC3L: Miembro
 
Miembro desde: 16 mayo 2007
Ubicación: Berghain
Re: Que hacer ante una detencion policial?

Es a modo informativo el tema , no para que ex convictos se vengan a hacer los superados.
__________________
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  #4  
Viejo jueves 07 febrero de 2008, 11:49
Avatar de danielaah
Oxumaré ♥
Miembro Pro
 
Miembro desde: 14 marzo 2007
Ubicación: parc de la ville
Edad: 26
Re: Que hacer ante una detencion policial?

Muy buena la data.
Cuestiones que TODOS deberíamos saber y conocer.
Es largo pero me pareció que valia la pena leerlo.
Recuerdo que hace pocos años (2001) se habia decretado el estado de sitio y habia muy poca información dando vueltas.
__________________
Siempre hay un quilombito en un cielo de dos


♪ All that u touch All that u see All that u taste All u feel All that u love All that u hate All u distrust All u save All that u give All that u deal All that u buy Beg borrow or steal All u create All u destroy All that u do All that u say All that u eat And everyone u meet All that u slight And everyone u fight All that is now All that is gone All that's to come And everything under the sun is in tune But the sun is eclipsed by the moon ♪
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  #5  
Viejo jueves 07 febrero de 2008, 11:50
Avatar de Gustavo95
Adicto a NC!
NC3: Miembro
 
Miembro desde: 30 marzo 2005
Ubicación: kramun
Re: Que hacer ante una detencion policial?

Cita:
Originalmente escrito por Nhus Ver Mensaje
Es a modo informativo el tema , no para que ex convictos se vengan a hacer los superados.
Creo que por suerte nadie es un ex convicto superado. Nada más dijo que era buena la teoría pero como todos sabemos la práctica es muy distinta lamentablemente. Saludos.
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  #6  
Viejo jueves 07 febrero de 2008, 11:54
Avatar de Rainbow!
Thinking things!
Miembro Pro
 
Miembro desde: 14 diciembre 2007
Ubicación: Isla Esme
Edad: 23
Re: Que hacer ante una detencion policial?

Cita:
Originalmente escrito por Gustavo95 Ver Mensaje
Creo que por suerte nadie es un ex convicto superado. Nada más dijo que era buena la teoría pero como todos sabemos la práctica es muy distinta lamentablemente. Saludos.



claro, en teoria.. funciona, vos pensas q sabiendo
todos tus derechos, como muchos de nosotros lo sabemos
vas a evitar un abuso de autoridad? aca no! =)

igual, bien la info
__________________
"Sometimes you need to step outside, get some air and remind yourself of who you are and where you want to be"
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  #7  
Viejo jueves 07 febrero de 2008, 12:06
Avatar de GonzaloChicago
Champagne con Speed
Miembro Pro
 
Miembro desde: 26 agosto 2005
Ubicación: Nine Miles
Edad: 25
Re: Que hacer ante una detencion policial?

Muy buena la info, ni a palos me sabia todo esto, algunas cosas si y otras no pero la mayoria no las sabia y es bueno siempre tenerlo presente,

este thread tendria que estas en la parte de IMPORTANTES....

Cita:
Originalmente escrito por Nhus Ver Mensaje

Si te detienen "para identificar" no pueden tenerte más de 10 horas, lleguen los antecedente o no. A las 10 horas y un minuto estás ilegalmente privado de tu libertad.
Ahora, que verguenza, que ensima por ley! te pueden detener 10 horas para averiguarte los antecedentes????? Es una verguenza!
__________________
... Progressive Music ...
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  #8  
Viejo jueves 07 febrero de 2008, 12:09
Avatar de cugot
Retoño Limon
NC3: Miembro
 
Miembro desde: 08 octubre 2007
Ubicación: Hurlingham
Edad: 24
Send Message via Google Talk to cugot
Re: Que hacer ante una detencion policial?

muy buena info posta
es necesario q todos sepan sobre esto
y ahora ya sabemos de q forma actuar frente a la ley
__________________
C U G O T
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  #9  
Viejo jueves 07 febrero de 2008, 12:37
Avatar de MaRuLand
^Cowgirl^
Miembro Pro
 
Miembro desde: 12 noviembre 2004
Ubicación: Vicente López
Edad: 28
Re: Que hacer ante una detencion policial?

Es muy buena la información, la verdad que no sabía mucho sobre mis derechos. Lo voy a imprimir y tener cerca... ya pase varias veces por casos de "casi presos" con mis amigos.
Pregunta... si los policias estan de civil, se identifican, te quieren llevar, piden coima para no hacerlo, dejas que te lleven y haces la denuncia de que pidieron coima? como se puede tratar un tema asi?
__________________
"Voy paseando en el cuerpo de un demente"
Responder Con Cita
  #10  
Viejo jueves 07 febrero de 2008, 12:38
Avatar de GonzaloChicago
Champagne con Speed
Miembro Pro
 
Miembro desde: 26 agosto 2005
Ubicación: Nine Miles
Edad: 25
Re: Que hacer ante una detencion policial?

Cita:
Originalmente escrito por MaRuLand Ver Mensaje
Es muy buena la información, la verdad que no sabía mucho sobre mis derechos. Lo voy a imprimir y tener cerca... ya pase varias veces por casos de "casi presos" con mis amigos.
Pregunta... si los policias estan de civil, se identifican, te quieren llevar, piden coima para no hacerlo, dejas que te lleven y haces la denuncia de que pidieron coima? como se puede tratar un tema asi?
Tenes que tener anotado el numero de billete, si vos haces la denuncia, le das el numero de billete, al tipo lo revisan, y si tiene ese billete, hasta las bolas!
__________________
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